
MODELOS DE SIMULACIÓN FINANCIERA PORTAFOLIO VIRTUAL
CONTABILIDAD
January 17, 2017
El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que ya está disponible la nueva versión del anexo de gastos personales, en línea. Este documento deben presentar las personas que trabajan en relación de dependencia, que ganaron el año anterior USD 11 170 y cuyos gastos deducibles superaron los USD 5 585.
La nueva versión contempla dos cambios fundamentales. Las personas pueden adjuntar el registro de pensiones alimenticias en cada tipo de gasto y por beneficiario. Y el segundo cambio es la inclusión de un nuevo campo para la deducción especial de personas residentes en Gálapagos. Lo que implica que las personas que residan entre 183 o más días en la provincia tienen la posibilidad de acceder a una deducción diferenciada, ya que los precios al consumidor en esta localidad son 80% más altos que en el territorio continental. El anexo puede encontrarlo en la página web de la entidad tributaria. En la sección Servicios en Línea, opción Favoritos / Anexos / Anexo de Gastos Personales. En el documento digital se puede seleccionar las facturas electrónicas, que están a nombre del contribuyente.
Tiene la posibilidad de escoger el monto total o parcial de la factura y el tipo de gasto al que corresponde los comprobantes. Si una persona tiene una factura que justifique el gasto de alimentación y educación debe seleccionar las dos opciones. Debe especificar el valor del gasto de cada uno de los dos rubros. Si la persona aún mantiene las facturas físicas tiene dos alternativas. La una es llenar la plantilla del SRI con el detalle de la información del proveedor, el número de comprobantes, el monto total de las facturas, tipo de gasto…
Para ello deberá ingresar a la sección Inicio / Declaración de Impuestos / Software para declarar / DIMM para anexos. La segunda alternativa es ingresar las facturas en el sistema en línea y registrar la información de RUC del proveedor, monto de la factura y el tipo de gasto.
January 07, 2017
Las declaraciones mensuales y semestrales del impuesto al valor agregado (IVA), del anticipo al impuesto a la renta (IR), y la presentación de los anexos y de las proyecciones de gastos personales son algunas de las obligaciones que las personas naturales deberán cumplir este 2017.
Los contribuyentes deben estar más atentos al impuesto a la renta, que es obligatorio para quienes registren ingresos sobre los USD 11 290 anuales, según la nueva tabla para el pago del tributo publicada en la página web del Servicio de Rentas Internas (SRI).
La persona tiene la posibilidad de deducir cinco gastos: vivienda, educación, alimentación, vestimenta y salud, pero debe tener en cuenta que no podrán superar el 50% de sus ingresos ni USD 14 677, explicó Lorena Freire, subdirectora General de Cumplimiento Tributario del SRI, en entrevista a este Diario.
Para realizar los trámites, las personas pueden ingresar a la página del SRI y hacer el proceso en línea. En el portal encontrarán los formularios para las declaraciones o la presentación de los anexos. No olvide que también puede cancelar las obligaciones tributarias con dinero electrónico. Para eso existe el enlace Pago de Obligaciones Tributarias con Efectivo desde mi Celular.
Freire también señaló que hay más facilidades de pago de los tributos en las entidades financieras autorizadas y por medio de Internet, que es más rápido.
A continuación le presentamos un detalle de las principales fechas a tener en cuenta.
Enero: Proyecciones de gastos personales
Los contribuyentes que trabajan en relación de dependencia pueden presentar a su empleados, hasta el 31 de enero, la proyección de gastos personales del 2017. El formulario que se debe entregar en físico se llama GP. Con ello se determina el monto de impuesto a la renta que la empresa le retendrá mensualmente. Otra obligación para las personas que facturan es la declaración del IVA (mensual o semestral). Este mes también se paga, junto con la matrícula, los impuestos a la contaminación vehicular y a los vehículos motorizados.
Febrero: Anexo de gastos personales 2016
Desde el 10 hasta el 28 de febrero, las personas naturales deben presentar el anexo de gastos personales. Quienes superaron los USD 11 170 de ingresos en 2016 tienen que realizar este trámite. Tome en cuenta que podrá deducirse los gastos personales, sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge e hijos menores de edad o con discapacidad, que no perciban ingresos y dependan del contribuyente. Para la fecha de la presentación del anexo tome en cuenta el noveno dígito de la cédula o RUC. El formulario está disponible en la web.
Marzo: Declaración del Impuesto a la renta
El 28 de marzo es la fecha tope para que las personas naturales presenten la declaración del impuesto a la renta del año anterior. Con la declaración se liquidan los valores, es decir, si pagó en exceso tiene derecho a una devolución. En cambio, si pagó menos de lo que debía cancelar debe pagar la diferencia. Deben realizar el trámite las personas que el 2016 ganaron más de USD 11 170 anuales. Los formularios son los 102 y 102A. La fecha de presentación del documento se hace de acuerdo con el noveno número de la cédula o RUC.
Mayo: Declaración patrimonial
En mayo se debe declarar el patrimonio y presentar el formulario especial para este trámite. Esto rige para aquellas personas (solteras) cuyos activos superen las 20 fracciones básicas desgravadas del impuesto a la renta; es decir, más de USD 225 800. Si se trata de una sociedad conyugal, deben presentar la declaración si tienen activos superiores a 451 600. Para hacer el trámite, la persona debe cargar el documento con el detalle de sus activos en la página web. Esto debe realizarse según el noveno dígito de la cédula o RUC.
Julio: Anticipo del impuesto a la renta
Las personas naturales obligadas o no a llevar contabilidad deben cumplir con el primer anticipo del impuesto a la renta. Esta obligación suele generarse cuando la persona recibe ingresos adicionales por otra actividad económica. Para determinar el valor hay dos opciones: el monto que consta en la declaración presentada por el contribuyente o el valor indicado menos las retenciones de impuesto a la renta realizadas al contribuyente durante el año anterior al pago del anticipo.
Agosto: Segunda proyección de gastos
En este mes las personas naturales deben entregar la segunda proyección de gastos personales. El trámite aplica para aquellos trabajadores que están en relación de dependencia. Se entrega el formulario GP hasta el último día del mes. Se realiza una segunda proyección porque ya se sabe cómo fueron sus gastos en el primer semestre, por lo que esta es una opción para realizar una actualización de la primera proyección. No olvide que la entrega del formulario para este trámite se realiza de forma física al empleador.
Septiembre: Segunda cuota
Desde el 10 hasta el 28 de septiembre, los contribuyentes deben realizar el pago del anticipo del impuesto a la renta, por segunda ocasión. El formulario que se debe llenar es el mismo que se utilizó en la primera cuota; es decir, el 115. El trámite debe realizarse en línea. Si usted ingresa a la página web del SRI podrá encontrar los pasos y los detalles para cumplir con esta obligación. El año pasado estaban registrados 569 844 personas obligadas a pagar el IR. De estas, 20 416 no lo hicieron, según el SRI.
Diciembre: Impuesto a la tierra rural
Durante diciembre se realiza la declaración y el pago del impuesto a las tierras para quienes sean propietarios o quien tenga predios ubicados en el sector rural. El formulario que se debe llenar para cumplir con esta obligación es el número 111. La declaración deberá efectuarse únicamente a través de la página web del SRI. Para realizar el trámite, la persona debe obtener una clave. El pago se efectúa a través del comprobante electrónico de pago en una de las instituciones financieras autorizadas.
February 09, 2017
Este viernes 10 de febrero comienza la etapa para que los ciudadanos, ya sean personas naturales o empleados en relación de dependencia, presenten el anexo de gastos personales correspondiente al ejercicio fiscal del año 2016.
¿Cuándo presentarlo?
Se presenta desde este viernes 10 de febrero. El plazo termina el 28 de febrero. La ventaja es que como se realiza vía web, se pueden buscar las mejores horas (noche o madrugada) para permitir que el sistema funcione porque se conecta directamente con el portal del SRI. Para la fecha de la presentación del anexo se toma en cuenta el noveno dígito de la cédula o RUC.
La novedad de este año es que hay que hacer el trámite en línea conectándose directamente con el sitio web del Servicio de Rentas Internas (www.sri.gob.ec).
Quienes superaron los $ 11.170 de ingresos en 2016 y sus gastos deducibles superaron los $ 5.585 deben realizar este trámite. Tome en cuenta que podrá deducirse los gastos personales, sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge e hijos menores de edad o con discapacidad, que no perciban ingresos y dependan del contribuyente.
¿Qué hacer?
- Primero, debe contar con un usuario y una clave. Si no la tiene debe acercarse y pedirla en la oficina más cercana del SRI.
- Dé clic en el título Anexo de gastos personales en línea.
- Abra la página web del SRI (www.sri.gob.ec) en la sección Servicios en Línea en la opción Anexo de Gastos Personales en Línea, a la que se accede con su usuario y clave.
- En el menú izquierdo, ingrese a la opción Favoritos, Anexos y seleccione Anexo de Gastos Personales en línea.
- Si tiene dependientes (esposa, hijos) registre el número de cédula de cada uno.
- Dé clic en generar anexo. Escoger la opción: Nuevo. Escoger la opción: año del anexo
- Complete la información de su dirección.
- Ingrese a Facturas electrónicas, donde se encuentran los documentos del contribuyente y de sus dependientes.
- Se visualizan todas las facturas electrónicas emitidas por proveedor.
- Al expandir los datos, el contribuyente puede seleccionar el monto parcial o total de la factura y el tipo de gasto de cada comprobante de venta.
- Cuando finalice el registro de los gastos personales por proveedor, debe presionar el botón Aceptar que se encuentra al final de las facturas y el sistema regresa al listado de proveedores para seleccionar otro.
- Los valores de las facturas físicas se suben por proveedor. El contribuyente puede ingresar una a una las facturas. Presione el botón Nuevo y se presentan campos para RUC del proveedor, número de comprobantes de venta, total base imponible o tipo de gasto.
- Al terminar y enviar el anexo, hay que tener en cuenta que el proceso de validación puede ser ejecutado durante 48 horas posteriores al envío, por lo que es preciso entrar al portal en los días posteriores a revisar si se completó la acción de forma exitosa.
El SRI informa que se facilita la elaboración del anexo mediante el almacenamiento temporal, lo que permite al contribuyente elaborar el anexo en cualquier momento. (I)
February 06, 2017
En enero pasado la recaudación de impuestos sumó USD 1 279 millones, según cifras oficiales. Esto es, un 12% más que los 1 143 millones que se cobraron en igual mes del año pasado.
La variación fue positiva sin considerar el efecto de la Ley Solidaria, destacó el presidente Rafael Correa, en el enlace del sábado 4 de febrero del 2017. El Mandatario aseguró que se trata de “otro signo claro de la recuperación de la economía del país”.
Además, resaltó la recaudación del impuesto al valor agregado (IVA) de operaciones internas. En este tributo se obtuvo USD 561 millones el mes pasado. Eso es un 15% más que el mismo mes del 2016 (USD 487 millones). “En julio vemos una recuperación de la economía.
En diciembre creció un 9% del IVA interno. Y en enero crece 15%. Indudables signos de recuperación de la economía; sin paquetazos que sacaban la cabeza a los más pobres”, dijo. La recaudación de impuestos cayó 9% en el 2016 frente al año previo, sin contar con los efectos de la Ley Solidaria, según cifras del Servicio de Rentas Internas (SRI). En mayo del año pasado se aprobó ese marco legal que, entre otros, aumentó el IVA del 14 a 12% durante un año. Además estableció una serie de contribuciones para personas naturales y empresas.
A diciembre pasado, por la Ley Solidaria, se recaudaron USD 1 161 millones. De ese monto, un 35% correspondió a los dos puntos adicionales de IVA.
Los tributos que explican la caída en la recaudación en el 2016 fueron el impuesto a la renta, a la salidad de divisas y el impuesto al valor agregado de operaciones internas.